Se podrá solicitar anulación de matrícula para que la misma no sea computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en estas enseñanzas.
Para ello, se habrán de justificar las causas alegadas que imposibilitan la asistencia a clase del alumno o alumna.
El plazo para solicitar la anulación termina el 30 de abril.
En ningún caso, la anulación de la matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas.
Este derecho se podrá ejercer una vez por curso escolar.